miércoles, 18 de enero de 2012

La solución para cuando te vayan a embargar el piso por Crispin


Visto en la red: 
“En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración “indefinida”/50 años, 100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el
registro de la propiedad.
En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.
Resultado del embargo, la “titularidad de la propiedad” cambia, a nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo “casero” por nuestro expiso al mes y de por vida…… Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las buscamos……..
Aquí teneis un gran arma, cuando “legalmente” no pueda seguir usándose, buscaremos más. Medidas de guerra para un tiempo de guerra.”

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